FAQ Convocatoria Guardia Urbana

Noticias oposiciones Guardia Urbana 2021 - 2022 - 2023

Tabla de contenidos

Dudas y preguntas sobre la oposición de Guardia Urbana

Si tienes preguntas por resolver, aquí las puedes encontrar. Si no las encuentras envíanos un correo electrónico y consúltanos tu duda. Estaremos encantados de darle respuesta y si puede ser de interés para otros opositores la incluiremos en este apartado.

En este apartado incluiremos preguntas y dudas que nos lleguen y que puedan servir para todos.

Las oposiciones, a nivel policial, tienen puntos en común, así que en caso de duda, también puede ser de utilidad, la FAQ de dudas y preguntas que puedes encontrar sobre la convocatoria y el proceso para proveer plaza para Mossos d’Esquadra.

Es importante remarcar que nos encontramos ante un resumen, siendo los textos que incluimos a continuación orientativos y no sustituyen de ningún modo a los testos oficiales publicados en el DOGC o en el BOPB.

Bases convocatoria para ser Agente de la Guardia Urbana

En los siguientes apartados tienes preguntas concretas que te aclararán puntos de las bases de las convocatorias para Agente.

Si quieres ver las bases completa, tienes la descarga en el siguiente botón:

Temario convocatoria para ser Agente de la Guardia Urbana

Actualmente, el temario para las convocatorias de Agente de Guardia Urbana de Barcelona lo encontrarás junto con las bases en el siguiente botón:

¿Qué requisitos son necesarios para ser Agente de la Guardia Urbana de Barcelona?

  • Tener la nacionalidad española.
  • Haber cumplido 18 años y no superar la edad establecida para la jubilación forzosa.
  • Cumplir las condiciones exigidas para ejercer las funciones que los puedan ser encomendadas, de acuerdo con el que determina la Ley 16/1991 de 10 de julio, de las policías locales de Cataluña, las disposiciones que la desplieguen y el Reglamento de los cuerpos de policía local.
  • Poseer el título de graduado o graduada en educación secundaria, graduado o graduada escolar, técnico o técnica correspondiente a ciclos formativos de grado mediano, técnico o técnica auxiliar correspondiente a formación profesional de primer grado u otro de equivalente o superior. Si se trata de un título obtenido al extranjero, hay que disponer de la correspondiente homologación del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.
  • No sufrir ninguna enfermedad ni estar afectado por ningún impedimento físico o psíquico que imposibilite el normal ejercicio de las funciones propias de la categoría.
  • No haber sido condenado/da por ningún delito, o en caso de haberlo estado, tener  extinguida la responsabilidad penal y cancelados los antecedentes penales.
  • No estar inhabilitado/da para el ejercicio de las funciones públicas ni estar separado/da mediante expediente disciplinario del servicio de ninguna Administración Pública.
    Será aplicable, aun así, el beneficio de la rehabilitación, siempre que la persona aspirando lo acredite mediante el correspondiente documento oficial.
  • Poseer el carnet de conducir vehículos de la clase B.
  • Poseer el carnet de conducir vehículos de la clase A2.
  • Declaración jurada o promesa por la cual se toma el compromiso de mantener vigentes los carnets de conducir, mientras se mantenga la relación laboral con la Guardia Urbana.
  • Compromiso de llevar armas que se tomará mediante declaración jurada.
  • Haber satisfecho la tasa de inscripción para la categoría correspondiente. (salvo en caso de estar exento)
  • En todos los casos, estos requisitos se tienen que mantener hasta la toma de posesión como funcionarios/arias de carrera de las personas aspirantes.

¿Cuándo debemos cumplir con los requisitos para ser Guardia Urbana de Barcelona?

Los requisitos anteriores tienen que cumplirse el último día de presentación de solicitudes salvo los requisitos relacionados con el carnet de conducir vehículos de la clase A2.

La presentación de este permiso podrá aplazarse improrrogablemente hasta el último día del curso selectivo del Instituto de Seguridad Pública de Cataluña (ISPC), de acuerdo con el artículo 13.2 del Decreto 233/2002, de 25 de septiembre, por el cual se aprueba el Reglamento de acceso, promoción y movilidad de las policías locales.

De todos modos, las personas aspirantes que tengan aprobado con anterioridad el curso selectivo del Instituto de Seguridad Pública de Cataluña tendrán que presentar al Departamento Selección de la Gerencia de Personas y Desarrollo Organizativo el carnet de conducir A2 en el momento de iniciar el periodo de prácticas profesionales, con el compromiso de tenerlo vigente mientras mantenga la relación laboral con la Guardia Urbana.

En caso de no disponer del mencionado carnet de conducir en el momento de iniciar el periodo de prácticas  profesionales, tendrán como fecha tope la que corresponda a la finalización para el resto de personas aspirantes del curso selectivo del Instituto de Seguridad Pública de Cataluña (ISPC). La no presentación de este permiso comportará la exclusión de la persona aspirando del proceso selectivo.

 

 

Enlaces de interés para la convocatoria de Agentes de la Guardia Urbana

Estos enlaces te ayudarán en caso necesario de obtener no cancelar antecedentes penales de cara a la convocatoria de Agentes de la Guardia Urbana de Barcelona.

Sirh Oposiciones Policia y Bomberos

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